Ministerio de Vivienda ejecutará proyectos de saneamiento para familias rurales en situación de pobreza

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El Gobierno publicó el Decreto Legislativo N° 1581 que autoriza de forma excepcional al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) ejecutar proyectos de inversión en los servicios de saneamiento en el ámbito rural, bajo la modalidad de núcleos ejecutores, hasta el 31 de diciembre de 2026.

Dichos proyectos de inversión corresponden a los servicios de saneamiento localizados en centros poblados rurales en situación de pobreza y extrema pobreza con un máximo de 2000 habitantes, y con un monto de inversión de hasta S/ 4.5 millones por proyecto de inversión.

La ejecución de los proyectos estará a cargo del Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR) del MVCS, el cual tiene en cartera 271 propuestas de inversión por más de S/ 784. 15 millones, que beneficiarían a 74341 personas de las zonas rurales del país que no tienen acceso al agua y saneamiento.

Entre las regiones beneficiarias figuran Amazonas, Áncash, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, San Martín, entre otras.

La norma contribuirá no solo al objetivo de cierre de brechas de agua y saneamiento en el ámbito rural del país, sino que también tendrá un gran impacto en la economía nacional por cuanto permitirá generar cerca de 15 mil puestos de trabajo directos e indirectos en cada zona de intervención.

El decreto legislativo, que se emite al amparo de las facultades otorgadas al Ejecutivo, mediante Ley N° 31880, en materia de gestión del riesgo de desastres, modifica la Ley 31015, que autoriza la ejecución de intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural, mediante núcleos ejecutores.

El decreto legislativo precisa que la implementación de lo dispuesto en la referida norma se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y no demanda recursos adicionales al Tesoro Público.

Asimismo, encarga al PNSR, el seguimiento de la ejecución física y financiera de los proyectos de inversión que se ejecuten mediante la modalidad de núcleo ejecutor, debiendo mantener actualizada la información que se registra en el Banco de Inversiones.

Cabe destacar que se tendrá un plazo de hasta 90 días tras publicada la norma para aprobar y/o actualizar la cartera de proyectos de inversión a ejecutarse bajo la modalidad de núcleo ejecutor.

El decreto legislativo lleva las rúbricas de la presidenta de la República, Dina Boluarte; del titular de la Presidencia del Consejo Ministros, Alberto Otárola, así como de los ministros del Ambiente, Albina Ruiz; de Desarrollo e Inclusión Social, Julio Demartini; de Economía y Finanzas, Alex Contreras; y de Vivienda, Hania Pérez de Cuéllar.

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